Normas generales para la concesión de la tarjeta de tarifa reducida/gratuita de autobús de BONO JUBILADOS para pensionistas no activos laboralmente o jubilados al 100% mayores de 60 años, personas mayores de 60 años sin ingresos, pensionistas por incapacidad permanente total - incapacidad permanente absoluta o gran invalidez sin límite de edad y discapacitados con al menos el 33% de discapacidad.
(Requisitos establecidos en el artículo 6 de la Ordenanza Fiscal nº 218, reguladora de la Tasa por prestación del servicio de transporte urbano de viajeros, publicada en el BOP nº 91 de 13 de mayo de 2024)
Tendrán DERECHO a la concesión de la tarjeta de tarifa reducida
- Los pensionistas o jubilados al 100%, mayores de 60 años, no dados de alta en ninguna actividad o régimen laboral, ni en situación asimilada al alta, de cualquier centro oficial (INSS, MUFACE, ISFAS, FONAS, etc).
- Las personas mayores de 60 años, que no perciban ningún tipo de ingreso por rendimiento de trabajo.
- Los pensionistas por el concepto de Incapacidad Permanente Total, Incapacidad Permanente Absoluta o Gran Invalidez, sin límite de edad.
- Los discapacitados físicos, psíquicos o sensoriales, con al menos un 33% de discapacidad.
Tendrán DERECHO a la concesión de la tarjeta de tarifa gratuita
- Los mayores de 65 años que cumplan los criterios establecidos en Art. 7. 2.b de la Ordenanza Fiscal nº 218
CONDICIONES a reunir por todos los solicitantes para obtener la tarjeta de tarifa reducida y tarifa gratuita
- Estar al corriente, en su caso, en el pago de las tasas o impuestos municipales.
Condiciones económicas a reunir por los solicitantes de la tarjeta de tarifa reducida:
- No superar dos veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para 2023 será de 16.800 euros anuales, a que se refiere el art. 2.2.b) del Real Decreto Ley 3/2004 de 25 de junio (BOE nº 154) y modificado por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (BOE nº308), por todos los ingresos brutos mensuales, computándose para ello todas las rentas incluidas en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio anterior del solicitante.
El interesado puede recoger los impresos de solicitud adjuntos en el Ayuntamiento de Burgos (plaza Mayor, 1) en las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana 010.
Posteriormente deberá presentar la solicitud y la documentación necesaria en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Burgos.
Una vez comunicada la aprobación de la tarjeta, podrá pasar a recoger la misma en las oficinas del SMyT a portando el justificante de pago de la tasa.
JUSTIFICANTES a presentar por los interesados junto con la solicitud oficial
Todos los solicitantes aportarán:
- Una fotografía de carné actual, original y en color.
- Original del D.N.I. para su compulsa.
Los discapacitados o los solicitantes con Incapacidad Permanente Total y que estén trabajando actualmente presentarán sus 3 últimas nóminas, o en su defecto la última.
Documentación a presentar por todos los solicitantes, si se oponen a la intermediación de datos entre administraciones:
- Certificado de todas las pensiones que se perciben, expedido por el INSS (C/ Vitoria Nº 16 o Avda. Derechos Humanos Nº 12).
- Declaración del IRPF (Renta), del último ejercicio fiscal cerrado.
- Los discapacitados físicos, psíquicos o sensoriales, además aportarán (art. 6 Ordenanza Fiscal) - Resolución de la minusvalía o de la discapacidad actualizado o documentación equivalente.
- Los menores de 65 años (art. 6 Ordenanza Fiscal) - Vida laboral actual, con menos de 3 meses a la presentación de esta solicitud, emitido por la TGSS (C/ Vitoria Nº 16 o Avda. Derechos Humanos Nº 12). Los que no perciban ningún tipo de ingreso, aportarán certificado del SEPE acreditando su situación laboral y administrativa
- Los menores de 65 años que sean discapacitados o los solicitantes con Incapacidad Permanente Total y que estén trabajando actualmente, aportarán Informe de su vida laboral actual con fecha no anterior a 3 meses a la presentación de esta solicitud, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social ( más información en el INSS - C/ Vitoria nº 16 o Avda. de los Derechos Humanos nº 12), y su última nómina.
- Los menores de 65 años que no perciban ningún tipo de ingreso por rendimientos del trabajo, aportarán: Certificado del Ministerio de Empleo y Seguridad Social en el que conste si es beneficiario de alguna prestación/subsidio por desempleo. Certificado del Servicio Público de Empleo de la situación laboral y administrativa.
Además, se aportará cualquier informe o certificado emitido por organismos oficiales que se considere necesario.
Una vez que se comunique la concesión de la tarjeta de tarifa reducida por carta, el concesionario podrá acudir a las oficinas de Autobuses Urbanos (Plaza Virgen del Manzano nº 1, bajo) a recogerla aportando el justificante del abono de la tasa por importe de 2,00 euros.
Las tarjetas gratuitas para mayores de 65 años se podrán pasar a recoger por las oficinas de Autobuses Urbanos pasados 15 días hábiles desde su solicitud en el Registro.
Durante todo el año a voluntad del interesado.
La resolución de las tarjetas de tarifa reducida, se notificará por carta certificada con acuse de recibo, a la dirección que figura en la solicitud, como domicilio a efectos de notificación y tendrá una validez por 15 años.
Según la Ordenanza fiscal nº 218, las tarifas son:
Tipo de Billete | precio |
---|---|
Billete ordinario | 1,20 euros |
Tarifa reducida en función de los ingresos: Jubilados o pensionistas mayores de 60 años, discapacitados, mayores de 60 años sin ingresos, familias numerosas, Bono social (desempleados o personas con sueldo precario) | 0,06 euros |
Mayores de 65 años | Gratuito |
Bonojoven (hasta 26 años incluidos) | 0,13 euros |
Bonobur o tarjeta sin contacto | 0,24 euros |
Niños/as (hasta 12 años incluidos) | Gratuito |
Servicio Nocturno Búho billete ordinario | 1,50 euros |
Servicio Nocturno Búho bonobur o tarjeta sin contacto | 0,28 euros |
Servicio Nocturno Búho Tarifa reducida: Jubilados o pensionistas mayores de 60 años, discapacitados, mayores de 60 años sin ingresos, familias numerosas, Bono social (desempleados o personas con sueldo precario) | 0,28 euros |
Gastos de emisión o reposición de la tarjeta sin contacto | 2,00 euros |
Reposición del carnet de tarifa reducida por pérdida o extravío | 2,00 euros |