Normas generales para la concesión de la tarjeta de tarifa reducida de BONO SOCIAL para personas desempleadas y trabajadores con sueldos precarios.
(Requisitos establecidos en el artículo 7 bis de la Ordenanza Fiscal nº 218, reguladora de la Tasa por prestación del servicio de transporte urbano de viajeros, publicada en el BOP nº 91 de 13 de marzo 2024)
Tendrán DERECHO a la concesión de tarjeta de tarifa reducida de BONO SOCIAL los desempleados y trabajadores con ingresos por debajo del 1,3 IPREM.
CONDICIONES a reunir por todos los solicitantes para obtener la tarjeta de tarifa reducida
- Estar al corriente, en su caso, en el pago de las tasas o impuestos municipales.
- El conjunto de la Unidad Familiar* no podrá superar el 1,3 de los ingresos determinados en el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), a que se refiere el articulo 2.2.b) del Real Decreto Ley 3/2004, de 25 de junio (BOE del 26) y modificado por la Ley 22/2021 de 28 de diciembre (BOE del 29), por todos los ingresos brutos mensuales, computándose para ello todas las rentas incluidas en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio anterior del solicitante, o en su caso en la información obrante en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en función del número de miembros de la misma (más información en el reverso de la solicitud)
La Unidad Familiar, la componen el solicitante, el cónyuge no separado legalmente o persona unida por análoga realción de afectividad y familiares hasta 2º grado.
* IPREM MENSUAL para el año 2024: 600 € (BOE nº 308 de 24/12/22)
El interesado puede recoger los impresos de solicitud adjuntos en el Ayuntamiento de Burgos (plaza Mayor, 1) en las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana 010.
Posteriormente deberá presentar la solicitud y la documentación necesaria en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Burgos.
Una vez que se le comunique la aprobación de la tarjeta, podrá pasara a recoger la misma por las oficinas del SMyT presentando el justificante impreso del abono de la tasa (en la notificación se le indicará cómo realizar el pago).
Documentación a presentar, junto con la solicitud oficial.
Todos los solicitantes aportarán:
- Una fotografía de carné actual, original y en color.
- Original del D.N.I.
- Original del Libro de Familia o, en su defecto, declaración responsable que indique los miembros de la Unidad Familiar.
- En su caso, original de documentación acreditativa de la situación familiar (nulidad, divorcio, separación legal, familias monoparentales, etc.…).
- En su caso, documentación acreditativa de no percibir pensión alimenticia.
- Informe de su vida laboral actual, con un plazo no anterior a los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud (más información en el INSS C/ Vitoria Nº 16 ó Avda. Derechos Humanos Nº 12).
- Original de demanda de empleo para su compulsa.
Los solicitantes con sueldos precarios, además aportarán:
- Original de la última ó últimas nominas.
El justificante de pago de haber abonado la tasa por importe de 2,00€ se presentará una vez comunicada la concesión de la tarjeta.
Durante todo el año a voluntad del interesado.
La resolución se notificará por carta certificada con acuse de recibo a la dirección que figura en la solicitud, como domicilio a efectos de notificación, y tendrá validez por un año. Una vez transcurrido este período, se podrá solicitar por el interesado su renovación, con una antelación de un mes.
Según la Ordenanza fiscal nº 218, las tarifas relativas son:
Tipo de Billete | Precio |
---|---|
Billete ordinario | 1,20 euros |
Tarifa reducida en función de los ingresos: Jubilados o pensionistas mayores de 60 años, discapacitados, mayores de 60 años sin ingresos, familias numerosas, Bono social (desempleados o personas con sueldo precario) | 0,06 euros |
Mayores de 65 años (en función de los ingresos) | Gratuito |
Bonojoven (hasta 26 años incluidos) | 0,13 euros |
Bonobur o tarjeta sin contacto | 0,24 euros |
Niños/as (hasta 12 años incluidos) | Gratuito |
Servicio Nocturno Búho billete ordinario | 1,50 euros |
Servicio Nocturno Búho bonobur o tarjeta sin contacto | 0,28 euros |
Servicio Nocturno Búho Tarifa reducida: Jubilados o pensionistas mayores de 60 años, discapacitados, mayores de 60 años sin ingresos, familias numerosas, Bono social (desempleados o personas con sueldo precario) | 0,28 euros |
Gastos de emisión o reposición de la tarjeta sin contacto | 2,00 euros |
Reposición del carnet de tarifa reducida por pérdida o extravío | 2,00 euros |