Su objeto es la regulación de la prestación patrimonial de carácter público no tributario por los servicios de suministro y distribución de agua, así como el saneamiento (que incluye alcantarillado y depuración). Igualmente se incluyen los que pudieran relacionarse con la gestión del «ciclo integral del agua».
Tendrán la condición de prestaciones patrimoniales públicas de naturaleza no tributaria (en adelante tarifas) que se exigirán de forma coactiva por los servicios regulados en la ordenanza.
Estos servicios se prestarán por gestión directa por la Sociedad Municipal Aguas de Burgos, S.A., que asume toda la actividad técnica y administrativa que en esta materia le compete según su reglamento, salvo la recaudación ejecutiva que será por cuenta del Ayuntamiento de Burgos.