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Transmisión de Titularidad de Sepultura de Cementerio Municipal

Transmisión de Titularidad de Sepultura de Cementerio Municipal

Cambio de la titularidad de una sepultura debido al fallecimiento de su titular.

Unidad responsable
Servicio de Medio Ambiente y Sanidad
¿Quién lo puede solicitar?

Los herederos del titular fallecido.

¿Dónde se puede solicitar?

En el Servicio de Medio Ambiente y Sanidad

¿Cómo se realiza?

El interesado ha de entregar la documentación requerida en el Registro Municipal. Posteriormente, se notifica al solicitante por correo certificado el Título y la Resolución y en notificación a parte recibirá por correo certificado la carta de pago.

Documentación
  • Título de Titularidad de la sepultura (original)
  • Firma de todos los herederos
  • Fotocopia de los Documentos Nacionales de Identidad de los herederos.
  • Documento de aceptación de herencia o similar que acretide quienes son los herederos del titular fallecido.
Plazos de solicitud
  • Una vez que ha fallecido el titular, no se podrá hacer uso de la sepultura, ni solicitar licencia de obras ni otra actuación hasta que no se transmista la titularidad.
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Observaciones

Si no hay acuerdo entre los herederos para decidir quién va a ser el titular de la transmisión, queda estipulado según la Ordenanza que debe ser el mayor de todos ellos.
Cuando el titular ha fallecido y los herederos quieren devolver al Ayuntamiento la sepultura, han de hacer obligatoriamente el trámite de transmisión de titularidad pero no se cobra cantidad alguna por esa transmisión.

PLAZO PARA RESOLVER: 6 meses

Si no se produce resolución expresa por parte de la Administración (Silencio Administrativo), el efecto es DESESTIMATORIO.

Datos de pago

Según la Ordenanza Número 208 Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por prestación de servicios en el cementario municipal de San José, conducción de cadáveres y otros servicios fúnebres de carácter local, publicada en el BOP nº 233, de 23 de Diciembre de 2020:

Artículo 7. 5º. Transmisión de concesiones.

  • Cambio de titularidad de capillas y panteones. – 249’04 euros. Cambio de titularidad de otras sepulturas, nichos y columbarios. – 124’52 euros.
Documentos